EL RIESGO DE LOS CONCIERTOS EDUCATIVOS

Francisco Vírseda García
Los conciertos educativos no deben depender de los presupuestos de las Comunidades autónomas. Solo la demanda social de las familias debe ser el factor decisivo para concederlos y renovarlos.
La libertad de empresa para abrir un colegio concertado y la libertad de las familias en su elección, no deben verse intervenidas por las Administraciones educativas, vinculando su libertad a las “necesidades de escolarización”, que en traducción socialista significa que si hay plazas escolares en centros públicos, la Administración no concede conciertos.
Negar el derecho de los padres a la elección de centro educativo, por encima de las necesidades de escolarización o por razones económicas o presupuestarias, es contrario a los derechos constitucionales de padres y alumnos.
La dotación económica de los conciertos debe asegurar y hacer efectiva la gratuidad, lo que significa que la Administración debe adecuar el módulo al coste real del puesto escolar.

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