EL PACTO DE TOLEDO Y LAS PENSIONES

Francisco Vírseda García
La Comisión del Pacto de Toledo, ha aprobado el pasado 29 de diciembre un total de 19 recomendaciones al Gobierno en relación con las pensiones. Estas son las más significativas:
– Los presupuestos de la Seguridad Social sólo deben financiar los gastos correspondientes al estricto mantenimiento de las pensiones. Toda subida por encima del IPC, debe correr a cuenta de los presupuestos del Estado.
– Los regímenes de la Seguridad Social deben ser: el general y el autonómico y debe avanzarse en la plena equiparación de derechos entre ambos colectivos.
– Debe elevarse el tope de cotización, así como la pensión máxima, para ajustar la relación entre el salario, la base de cotización y las prestaciones.
– Deben concentrarse las bonificaciones de las cuotas sociales en los trabajadores de 55 o más años.
– Debe avanzarse en la correlación entre la cuantía de la pensión y la cotización que se realiza; por tanto, se aconseja el incremento de número de años que se tienen en cuenta para calcular la prestación, debiendo computarse con el mismo porcentaje todos los años cotizados.
– Arbitrar medidas para que los trabajadores de mayor edad que pierdan su puesto de trabajo no vean mermados sus derechos por el desigual reparto de las cotizaciones en el tiempo.
– Incentivar la prolongación de la vida laboral más allá de la edad ordinaria de jubilación, mediante incentivos fiscales, sociales y laborales.
– Posibilitar que se pueda seguir cotizando después de la edad legal de jubilación.
– Eliminar restricciones a compatibilizar el salario y la pensión.
– Elevar la cuantía de la pensión de viudedad para los cónyuges mayores de 65 años, que tengan esta prestación como principal fuente de ingresos.
– El derecho a la prestación por orfandad debería extenderse hasta los 25 años y crearse una pensión de orfandad no contributiva.
– Impulsar mecanismos que incorporen los periodos de atención y cuidado de hijos o personas dependientes como elementos a considerar en las carreras de cotización en atención a la maternidad.
– Reconocer la importancia de la natalidad para el sostenimiento del sistema de pensiones.
– Desarrollar iniciativas que ayuden a las mujeres a complementar sus aportaciones económicas con ventajas fiscales, para configurar derechos de pensión propios.
– Flexibilizar el régimen jurídico de las pensiones por incapacidad permanente, moderando la incompatibilidad existente que obliga a elegir entre pensión y trabajo.
La Comisión del Pacto de Toledo no ha alcanzado acuerdo alguno en retrasar a los 67 años la edad de jubilación. Pero el Presidente del Gobierno, reitera una y otra vez, su deseo de retrasar la edad legal de jubilación desde los 65 años actuales a los 67, realizándolo de forma progresiva a partir de 2013 y hasta 2027, extremo este último desconocido por Trabajo, por la Seguridad Social e incluso por Moncloa.Este fin de semana, se intentará un principio de acuerdo en las reformas que están en marcha: pensiones, negociación colectiva y políticas activas de empleo. Con acuerdo o sin él, el Consejo de Ministros del día 28 de enero de 2011, aprobará un anteproyecto de ley, que será debatido en el Congreso de los Diputados a partir de febrero.

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