La sentencia ya es firme e inapelable. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha dictado sentencia en el sentido de que “La presencia de crucifijos en los centros públicos italianos no viola el derecho a la educación ni la libertad de pensamiento y de religión“. Una primera sentencia condenaba a la administración italiana a pagar una indemnización de 5.000 euros a una madre en concepto de daños morales sufridos. Esta sentencia se recurrió y el nuevo tribunal formado por 17 miembros ha respaldado por amplia mayoría (15 a favor 2 en contra) la presencia de los crucifijos en estos centros.
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