EL NECESARIO ESTATUTO DE LA FUNCIÓN DOCENTE

                El Ministerio de Educación está dispuesto a alcanzar un acuerdo con los agentes sociales sobre el “Estatuto de la Función Pública docente”.

                Así, en el Anteproyecto de la LOMCE se establece: “Para alcanzar este fin, revestirá asimismo especial importancia la futura ley del Estatuto de la Función Pública Docente cuyo objetivo principal sería la tan necesaria dignificación de esta profesión, y que regulan elementos nucleares entre los que destacan el acceso a la función pública docente, la carrera, la previsión de puestos directivos, los derechos y deberes, la formación del profesorado o la necesaria consolidación y refrendo de la autoridad del profesor, entre otros”.

                Ejercer la docencia no es patrimonio de los funcionarios docentes. Por tanto, la futura Ley debe serlo sobre el ESTATUTO DE LA FUNCIÓN DOCENTE, porque la profesión docente debe contar con los mejor cualificados para que puedan ejercer su tarea con los máximos niveles de vocación y compromiso. Es necesario, por tanto, un trato común para todo el profesorado, en cuanto a la formación, a la dignificación social, a los derechos y deberes, a la autoridad, entre otros, independientemente del centro donde desempeñen su tarea, de titularidad pública o de iniciativa social.

Francisco Vírseda García

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