Por Vicente Lozano El Mundo 12/05/2016
El artículo 27 de la Constitución, dedicado al derecho a la educación, tiene cuatro referencias explícitas a la libertad. Cuatro, por si no quedaba claro. En el punto 1: “Se reconoce la libertad de enseñanza“. En el punto 2: “La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y libertades fundamentales”. En el punto 3: “Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la religión religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones“. Y en el punto 6: “Se reconoce a las personas físicas y jurídicas la libertad de creación de centros docentes, dentro del respeto a los principios constitucionales“. Seguir leyendo