Me refiero al módulo de los conciertos educativos que, después de 25 años, sigue sin ajustarse a los costes reales de la enseñanza.
La LOE dice, al respecto, lo siguiente:
- Las Administraciones educativas dotarán a los centros de los recursos necesarios para hacer posible la gratuidad de las enseñanzas de carácter gratuito” (art. 88.2).
- En el módulo (de conciertos) cuya cuantía asegurará que la enseñanza se imparta en condiciones de gratuidad…(art. 117)
- “Durante el período al que se refiere la disposición adicional primera de la presente Ley (ámbito temporal de aplicación de la LOE), se procederá a la fijación de los importes de los módulos económicos establecidos, de acuerdo con el artículo 117, en función de la implantación de las enseñanzas que ordena la presente Ley”.(Disposición Adicional 29.1).
El Ministerio de Educación, está incumpliendo a día de hoy estos preceptos legales, a pesar de haber constituido en diciembre de 2010, en el seno de la Conferencia Sectorial de Educación, la Comisión para el estudio de la cuantía de los módulos de conciertos.
Exigimos que sin opacidad alguna, se empiecen a hacer públicos los trabajos de dicha Comisión y que, de una vez por todas, el sistema de financiación de la enseñanza privada concertada:
- se ajuste a las demandas que exige una educación de calidad;
- los módulos de conciertos sean a coste real, para garantizar la libertad real de elección de centro educativo por parte de las familias, para garantizar el derecho de los docentes y no docentes a la igualdad de trato con sus homólogos de la enseñanza pública, en lo económico y lo social y para acabar con el déficit que los centros van acumulando derivados de la partida de “Otros gastos”;
- las ratios profesor/unidad sean las mimas en la enseñanza pública y en la enseñanza privada concertada.
Francisco Vírseda García