El Tribunal Superior de Justicia de la Xunta de Galicia (TSXG) se ha pronunciado sobre la legalidad de conceder el concierto educativo a los centros que imparten una enseñanza diferenciada. Su sentencia se inclina por afirmar que la Xunta cumple con lo legislado en la LOE en el sentido de que las administraciones educativas»deberán regular la admisión del alumnado en centros públicos y privados concertados de tal forma que se garantice el derecho a la educación«. Esta sentencia viene a desestimar el recurso presentado por UGT para suprimir el concierto educativo a los centros que impartan enseñanza diferenciada.
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