PLAZAS DE GRATUIDAD PARA HIJOS DE PROFESORES EN LOS CENTROS CONCERTADOS

Las organizaciones empresariales y sindicales más representativas de la enseñanza privada concertada de la Comunidad de Madrid, se reunieron el pasado 27 de abril, para dar cumplimiento a lo establecido en el vigente Convenio Colectivo del sector, llegando a los siguientes acuerdos: IMPRESO DE SOLICITUD:

Criterios de preferencia

  • Dedicación exclusiva de los padres y número de horas trabajadas por los mismos en el sector de la enseñanza privada concertada. Sólo se tendrá en cuenta a uno de los dos, el de mayor jornada.
  • Situación económica de la unidad familiar y número de hijos en edad escolar. Se calculará sumando la base imponible (general y especial) de la declaración del IRPF de todos los miembros de la unidad familiar, del año 2010 y se dividirán las bases imponibles señaladas entre el número de hijos en edad escolar (hasta 18 años). Los solicitantes deberán adjuntar fotocopia completa de la/s declaración/es de la renta de 2010.
  • Existencia de otros hermanos en el centro.
  • Estar ya el alumno escolarizado en el Centro donde se solicita la plaza.
  • Antigüedad en el sector de los padres.

A efectos del número de becas, según el artículo 79.4 del Convenio Colectivo, las empresas tomarán como criterio, cuando el porcentaje llegue o supere al 0,5, pasarán al número ordinal siguiente.

Procedimiento

  • El trabajador se dirigirá, mediante el modelo de solicitud que se adjunta, por triplicado, hasta el 31 de mayo, al Centro escogido, adjuntando en todo caso, la copia de la declaración de la unidad familiar correspondiente al 2010.
  • El Centro sellará los 3 ejemplares y devolverá dos al trabajador con el fin de que éste se quede con uno y el otro lo envíe obligatoriamente al sindicato que estime conveniente.
  • El Centro comunicará obligatoriamente al solicitante, razonadamente y por escrito, hasta el 13 de junio, la denegación, enviando además a la Comisión Paritaria de Becas (C/ Hacienda de Pavones 5, 2º derecha ó C/Eloy Gonzalo 27, 5º, oficina 3) el número de alumnos en el nivel correspondiente y la relación de becados en el mismo con la firma del Director y el delegado de personal, si lo hubiere.
  • Cada denegación se comunicará por escrito de forma individual y personal. En el caso de que el Centro no comunicara la denegación o lo hiciera fuera del plazo establecido, se entenderá automáticamente concedida.
  • El Centro estará obligado a enviar a su patronal, a la que esté afiliado, o a la Comisión, en su caso, los listados de todo el procedimiento en el supuesto de la denegación.
  • El trabajador a quien se le hubiere denegado expresamente la beca antes del plazo señalado, deberá dirigir su reclamación por escrito a la central sindical que estime oportuno, hasta el 20 de junio, y éstas lo harán llegar a la Comisión provincial de becas.
  • El 27 y 29 de junio, se reunirá la Comisión para estudiar todas las reclamaciones y, tras las gestiones que procedan, se resolverá definitivamente y se convocará a los interesados.

Fechas a tener en cuenta

–         Hasta el 31 de mayo.- Solicitud

–         Hasta el 13 de junio, comunicación por el centro de las denegaciones, a los solicitantes, de forma razonada y por escrito.

–         Hasta el 20 de junio, reclamación escrita del trabajador, a quien se le hubiere denegado la beca, al sindicato que estime oportuno

–         27 y 29 de junio, resolución de las reclamaciones.

 

Criterios para la enseñanza gratuita en los centros privados concertados

Vienen establecidos en el artículo 79 del Convenio Colectivo. Son los siguientes:

1º.- La gratuidad total se refiere a la enseñanza reglada y a las actividades complementarias organizadas directamente por la empresa, para todos y cada uno de los niveles educativos y afecta a todas las empresas educativas que se rigen por este Convenio.

2º.- Los trabajadores, en todo caso, deben tener una dedicación al menos igual a la mitad de la jornada laboral anual.

3º.- Son beneficiarios de esta ayuda:

a)      Los trabajadores afectados por este convenio respecto a su propio centro de trabajo.

b)     Los hijos de los mismos con independencia del centro educativo donde realicen sus estudios.

c)      Los hijos huérfanos de aquellos trabajadores que la fallecer tuvieran una antigüedad superior a dos años.

d)     Los hijos de los trabajadores en situación de excede3ncia forzosa excepto el caso contemplado en el artículo 45.1.

4º.- El fondo total de plazas de gratuidad por cada nivel de los señalados será:

a)      Preescolar, Educación Infantil, primer ciclo de la ESO (sin concertar), segundo ciclo de la ESO, Bachillerato, FP de grado medio, FP de grado superior, Programas de Garantía Social, Programas de Cualificación Profesional Inicial, EPA: 2 %.

b)     Educación Primaria y primer ciclo de la ESO (con concierto): 3 %.

Los hijos de los trabajadores tendrán derecho en el propio centro de trabajo a enseñanza gratuita aunque se superen los porcentajes señalados.

Los hijos de los trabajadores de otros centros, únicamente tendrán derecho a la enseñanza gratuita, siempre que ,los porcentajes señalados en el párrafo anterior no hayan sido cubiertos con hijos de profesores del propio centro.

5º.- Los trabajadores estarán obligados a solicitar las ayudas al estudio que se oferten por las Administraciones públicas si cumplen las condiciones señaladas por las respectivas convocatorias. Si son concedidas reintegrarán a la empresa educativa correspondiente las cantidades percibidas. Los ingresos así obtenidos permitirán atender a un número superior de beneficiarios del que se deduce del apartado anterior.

6º.- Para la aplicación de este artículo se estará a lo dispuesto en el anexo IV de este Convenio.

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99 respuestas a PLAZAS DE GRATUIDAD PARA HIJOS DE PROFESORES EN LOS CENTROS CONCERTADOS

  1. Luis dijo:

    Buenos días.

    Os cuento mi duda.

    Soy profesor de un centro concertado de la comunidad de Madrid.
    Mis hijos van primaria a otro centro concertado, en el cual el año pasado no pagaba la cuota ya que había presentado la solicitud de plaza de gratuidad.

    Este año, presenté el 18 de Mayo la solicitud de enseñanza gratuita del curso 2012/2013 y me la sellaron.
    Ayer veo que me han pasado por banco los recibos de mis hijos correspondientes al mes de Septiembre. Por supuesto, nadie me ha notificado nada (ni oral, ni escrito ) de la denegación de la ayuda, desde el día que me sellaron la solicitud.

    Confiando en un posible error, me pongo en contacto con el administrador del centro y me contesta:

    “El convenio cubre la enseñanza privada, Bachillerato y Guardería, el resto de cursos es donación que no tiene nada que ver y no la cubre el convenio.”
    “Estos recibos si que hay que pagarlos ya que hemos consultado y la respuesta ha sido la anterior.”

    Es cierto que en los recibos el concepto es donación, pero el año pasado también lo era. y sin embargo nadie me dijo nada.

    ¿Me podéis dar luz en este tema?

    Un saludo y gracias por vuestra ayuda.

    • Si no te han contestado en el plazo y forma establecidos, es evidente que tienes derecho a plaza de gratuidad. Esta mejora social se establece en el artículo 79 del convenio (lo puedes consultar en nuestro blog en el apartado correspondiente).Como establece ese artículo, la plaza de gratuidad se refiere a la enseñanza reglada en cualquiera de los niveles que se citan en el artículo 2. La Educación Primaria está entre ellos. Si el concepto del recibo corresponde a enseñanza reglada y/o a actividades complementarias organizadas por el centro, tienes derecho a eximirte de ese pago. Si después de insistir y pedir aclaración no quedas convencido, te recomiendo que pidas a la dirección del centro un escrito explicando los motivos de la denegación. Después puedes dirigir una consulta a la Comisión Paritaria del convenio de Concertada pidiendo que se pronuncie sobre ese caso. Puedes adjuntar la respuesta del centro. La dirección de la Comisión es la siguiente: C/ Hacienda de Pavones, nº 5, 28030 Madrid. Teléfono: 91 328 8000. Si el concepto del recibo está dentro de los límites marcados en el convenio, es evidente que te darán una respuesta a tu favor.

  2. bego dijo:

    Buenos días:
    He intentado informarme sobre un asunto muy relacionado con lo que aquí tratáis. Soy profesora de concertado, no pago las cuotas de mi hijo, que estudia en el mismo centro, pero va a realizar una excursión en días lectivos. Me gustaría saber si tengo también derecho a la gratuidad de dicha excursión, considerando como dice el convenio que se trata de una “actividad complementaria” o no. Muchas gracias.
    Un saludo

    • Sobre tu consulta te diré que la gratuidad para hijos de profesores del propio centro se refiere solo a la enseñanza reglada. En concreto a lo que en los centros se viene llamando “aportación voluntaria”. Esta aportación sirve de complemento a la insuficiente asignación que hace el Estado en los presupuestos generales para los centros concertados. Las excursiones no están contempladas en este capítulo, así como cualquier otra actividad que suponga un costo económico: material, salidas culturales, comedor, transporte, etc.

  3. Elena dijo:

    Buenos dias..tengo un hijo en guarderia de mi colegio concertado, nido 1..nos estan cobrando 150 euros mas comedor en total 268 euros por la educacion de nuestro hijo cuando hasta este año era gratuita..solo pagabamos comedor..nos han dicho desde administración que si la clase de nido supera el 20 % de hijos de profesores tenemos que pagar una cuota..es eso real?? o n o tendríamos que pagar nada?? en los cursos restantes no pagan nada..muchas gracias de antemano

    • Sobre su consulta le diré que habría que saber si esa “escuela infantil” (0 a 3 años) está integrada, y se rige por el “convenio de empresas sostenidas total o parcialmente con fondos públicos”. Si es así,está establecido un 15% de alumnos becados en ese ciclo con una beca del 50% de la actividad. La beca se reparte entre el número de alumnos becados para este ciclo. Si ese nivel (0 a 3 años) está adscrito a “otra empresa”, habrá que ver por qué convenio se rige y cuáles son sus condiciones para hijos de trabajadores.

  4. Marga dijo:

    Yo trabajo en un colegio concertado de la Comunidad de Madrid en Madrid capital, pero vivo a 50 kilómetros y mis hijos estudian allí en su colegio y siempre he pagado las cuotas. Mis compañeros en Madrid llevan a sus hijos a nuestro colegio y no pagan nada. Para mi cambiarles y traerles a mi colegio es muy complicado. Pero este año me enteré de que puedo solicitar esta ayuda. En el colegio me han dicho que la eche, pero que ellos ya me aseguran que no me la van a conceder, porque tienen muchos hijos de profesores que cubren esas plazas. Yo lo quiero intentar pero no sé cuándo os referís que tengo que entregar dos copias a un sindicato, a dónde tendría que llevarlas?, Una es para el centro, y las otros dos a dónde hay que entregarlas, si alguien puede ayudarme. Muchas gracias.

    • Vd. puede solicitar plaza de gratuidad para sus hijos en el centro en el que estudian. Para ello existe un modelo de solicitud (le adjunto el del curso pasado) que se rellenará por triplicado y las sellará el centro solicitado: una para el centro, otra para Vd. y otra para enviarla al sindicato del sector que Vd. prefiera. Al no ser hijos de un trabajador del centro, únicamente se concederá la plaza gratuita si los porcentajes de hijos de trabajadores del propio centro no se han superado (2% de la matrícula en ESO y 3% en Primaria). La razón de enviar un ejemplar a un sindicato es para que, en caso de denegación, ese sindicato compruebe en la comisión correspondiente que en el centro ya se han superado esos porcentajes. Los plazos de presentación ya se publicarán y suelen ser hasta finales de mayo. En nuestro blog daremos publicidad de toda la normativa y los impresos correspondientes cuando salgan en el Boletín de la Comunidad.

  5. Marga dijo:

    Muchas gracias, ya he visto que está colgado el modelo de solicitud de este curso. En unos días lo presentaré en el colegio de mi niños, lo rellenaré para que me lo firmen en el colegio donde trabajo. Entiendo que tengo que presentar la declaración de la renta de mi marido o la mía, o sólo la mía? Y por favor me podriais indicar a que sindicato tengo que entregarlo, primero entregaré una copia en el colegio de mis niños, otra para mí, pero por favor podriais ayudarme y decirme a que sindicato tengo que entregarlo, la dirección, por favor, yo vivo un poco lejos de Madrid y estoy un poco perdida por alli. Un abrazo y muchísimas gracias por su ayuda.

    • Está apunto de salir la normativa de admisión de alumnos para el próximo curso. En años anteriores lo que se exigía era la declaración de la renta de la unidad familiar. Le indico más abajo el cuadro con las direcciones de los sindicatos de enseñanza privada que hay en Madrid para que Vd. elija el que considere más oportuno.
      FSIE: C/ Doctor Mariani, 5 (Local) 28029 Madrid Tf 915540868 FAX 915548894 USO: C/ Vallehermoso, 78, 3º, 28015 Madrid Tf 915986330 FAX 915346241 UGT: Avda. de América, 25, 3ª Planta 29002 Madrid Tf: 915897377 FAX:915897378 CC.OO: C/ Lope de Vega, 38, 4ª Planta 28014 Madrid Tf:915368791 FAX: 915365105

      • Marga dijo:

        Muchas gracias, estaba equivocada con el modelo, estaré pendiente para cuando colgueis el nuevo, que supongo que será del curso 2013-2014. Un abrazo.

  6. claudia dijo:

    buenas noches este año quiero meter a mis hijas en un centro privado concertado y entregar esta solicitud de enseñanza gratuita por ser yo trabajadora de otro centro privado concertado. La duda que tengo es que los plazos que se marcan normalmente para la entrega de estas solicitudes no se si son compatibles con los plazos de la admisión,.. es decir no se si tendré la plaza segura para mis hijas en las fechas que hay que entregar dichas solicitudes. Hay un plazo extraordinario para luego entregarlas??? Como puedo entregar esas solicitudes sin saber seguro los listados definitivos de la admision. gracias

    • Vd. debe hacer primero la solicitud de admisión. Un vez confirmado que están admitidas, debe hacer la solicitud de plaza de gratuidad y esta solicitud tiene un plazo más prolongado y ya se publicitará convenientemente.

      • claudia dijo:

        Me dicen con respecto a las plazas de gratuidad de los hijos de los trabajadores de la escuela privada concertada que ha salido ya el plazo para entregarlas, que los trabajadores que nos encontremos en proceso de admision de nuestros hijos no tenemos derecho a entregarla este año porque no hay proceso extraordinario y tienen que estar escolarizados. Es posible ??? y si es así no hay ninguna forma de poder protestar por no tener un plazo extraordinario???

        • Desconocemos en qué Comunidad se encuentra Vd. y los plazos que tienen para entregar esa documentación. En la Comunidad de Madrid el plazo de solicitud termina el 28 de mayo. Es cierto que los hijos deben estar ya escolarizados y el proceso de solicitud se regula mediante un acuerdo entre representantes de patronales y sindicatos. No obstante, nada impide que la dirección del centro conceda la plaza de gratuidad a hijos de sus trabajadores, siempre que no se haya superado el porcentaje establecido en convenio para cada uno de los niveles y aunque la solicitud no se haya presentado en el periodo marcado debido a motivos ajenos al trabajador.

  7. Margarita dijo:

    Hola, podríais por favor ayudarme, el modelo de solicitud que hay colgado es del 2012-2013, y necesito el del 2013-2014 es el que piden, por favor podríais facilitármelo. Muchas gracias. Un abrazo

    • Posiblemente Vd. ha consultado la página correspondiente al curso pasado. En la primera página del blog también está colgado desde el día 27 de mayo el modelo de solicitud para el próximo curso 2013-14.

  8. Begoña dijo:

    Hola. Me gustaría saber si tengo derecho a la plaza gratuita de mi hijo; la diferencia con años anteriores, es que he sido despedida en julio, y no he recibido ninguna notificación de denegación de la plaza. ¿Si no encontrara trabajo en otro colegio, podrían cobrarme la escolarización del presente curso? ¿a estas alturas tendría que buscar un instituto público?
    Muchas gracias

    • En el convenio las plazas gratuitas son para hijos de trabajadores que estén en activo en el propio centro o en otro, si sobrasen plazas. Por otro lado, como Vd. indica, tiene concedida plaza de gratuidad en el plazo ordinario de solicitud. En este caso, lo aconsejable sería que cuando le reclamasen alguna cantidad, llegase a un acuerdo amistoso con el propio centro. Siempre puede argumentar que, de haber sabido la realidad de su despido, Vd. se hubiera planteado el cambio de centro de su hijo, lo que ahora es casi imposible de realizar.

  9. Rosa dijo:

    Buenas tardes:
    Soy profesora de un colegio concertado de Madrid. Hemos echado la solicitud
    Sobre la gratuidad en la enseñanza.El plazo de denegación era hasta el pasado día 13,desde el centro no nos han dado ninguna respuesta por lo que se entiende que está concedida,sí no me equivoco. Mi duda es sobre que recae la ayuda y cuál es el porcentaje según el número de hijos de profesores en el centro. Influye que los dos padres seamos profesores del mismo centro a jornada,ambos, completa.
    Muchas gracias

    • Si no ha recibido ninguna comunicación del centro, se entiende que la solicitud ha sido admitida. La plaza de gratuidad es para hijos de trabajadores del propio centro y se refiere a la enseñanza reglada, es decir, todo aquello que hubiese que abonar para recibir esa enseñanza y las actividades complementarias organizadas directamente por la empresa. Si se trata de hijos cuyos padres trabajan en otro centro, se tendrá derecho a plaza gratuita si no se superan los porcentajes marcados para hijos de trabajadores del propio centro. Desconocemos si este es su caso.

  10. Roxana dijo:

    Hola, mi consulta va relacionada con el comedor escolar. Me consta q hijos d compañeros míos, han utilizado este servicio escolar sin tener q abonar ninguna cuota. Este año son mis hijos los únicos hijos de profesores q lo utilizan y el consejo rector de mi cooperativa m pide q abone el 50% d la cuota basándose en el convenio colectivo de empresas d enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos (nosotros somo centro concertado), pero lo he leído y no hace referencia a este supuesto. ¿Puedo negarme alegando un trato no igualitario? ¿Se contemplaría de igual manera el primer ciclo de educación infantil?Gracias

    • Efectivamente, el convenio no regula el costo del servicio de comedor de los alumnos, sean o no hijos de profesores. Sí lo regula para el personal del centro. Si anteriormente los hijos de sus compañeros no han tenido ninguna cuota por utilizar este servicio, será por una concesión de la dirección del centro o por un acuerdo con los trabajadores del mismo y Vd. deberá preguntar si esa concesión o acuerdo se ha extinguido. El abono del 50% del precio de los alumnos, se refiere al personal docente (no a sus hijos) que come en el centro y que no atiende a los alumnos en ese servicio de comedor. Si Vd. abona ahora el 50% por sus hijos será por concesión del centro no por aplicación del convenio. El primer ciclo de Ed. Infantil tiene el mismo tratamiento si se rige por este convenio.

  11. Manuel Rioja Romero dijo:

    Buenas noches.
    Antes de nada, felicitar a los creadores de la web.
    Mi pregunta es sobre los uniformes escolares. En principio, la beca asegura la gratuidad en la enseñanza y el uniforme es obligatorio, en el mismo nivel que libros, etc.
    Evidentemente la dirección lo cobra al mismo precio que al resto de alumnos
    ¿Se puede reclamar?
    Muchas gracias

    • La gratuidad de enseñanza a la que Vd. hace referencia, se entiende sobre enseñanza reglada exclusivamente. No incluye otros gastos, como libros, uniforme, material, transporte, comedor, etc. aunque algunos sean obligatorios. Siempre se puede llegar a un acuerdo con la dirección del centro para conseguir algún beneficio en estos gastos, aunque sea parcial.

  12. Manuel Rioja Romero dijo:

    Buenas.
    Me ha faltado decir que los uniformes se venden en el centro en régimen de monopolio.
    Un saludo

  13. A. Pérez dijo:

    Hola mi pregunta es en relación a las actividades complementarias gratuitas para los trabajadores de la enseñanza concertada ¿Qué actividades son exactamente?
    ¿lo son una salida al teatro, a un museo, una excursión, etc?
    De no considerarse éstas como actividades complementarias ¿cuáles serían?
    gracias.

    • La gratuidad se refiere a la enseñanza reglada (aportación voluntaria en los niveles concertados y cuota establecida para los niveles no concertados). También para aquellas actividades organizadas por el centro y que sean obligatorias para los alumnos: Salidas a museos, excursiones, teatros, etc. si suponen un coste para los alumnos, no deberían ser obligatorias y, por tanto, no entrarían en el ámbito de la gratuidad. Por otra parte, sobre este tema no hay acuerdo en la comisión paritaria y quedaría al criterio de la negociación en cada centro. En el art. 81 se habla de “actividades complementarias organizadas directamente por la empresa” pero no dice nada de ellas y esa indefinición es lo que provoca la discrepancia en la mesa de negociación y se deriva al consenso en el ámbito de cada centro.

  14. M. gomez dijo:

    Hola. Me acaban de denegar la gratuidad de la enseñanza de bachillerato de mi hija por no cumplir la mitad de la jornada anual. Soy trabajador del personal de servicios y la jornada anual es de 1600 horas. En mi caso, trabajo 4 horas y cuarto al día, por lo que supero la media jornada, pero soy fija discontinua y trabajo solo 9 meses y medio, por lo que mi cómputo anual no llega a las 800 horas.
    Mi pregunta es ¿no me tendrían que tener en cuenta la jornada anual en relación al tiempo que estoy contratada? ¿podría reclamarlo?
    (Es la primera vez que me lo deniegan, aunque el resto de niveles están concertados)

    • La plaza de gratuidad se concede si se trabaja, al menos, la mitad de la jornada laboral anual a tiempo completo. No se podría medir el cómputo anual en función del tiempo que se tiene contratado. Le pongo un ejemplo extremo: un trabajador con 8 horas de contrato al día, durante 2 meses (fijo discontinuo durante el verano) tendría muchas menos horas de trabajo en cómputo anual. Por tanto, las mejoras sociales contempladas en el convenio tienen en cuenta estas diferencias entre los trabajadores. Siempre le cabe la posibilidad de negociar con la dirección un acuerdo sobre la cuota a pagar por su hijo.

  15. Carolina dijo:

    En un centro concertado tienen derecho a gratuidad de enseñanza los hijos/as de trabajadores o personal no docente ( secretarios, informáticos,conserjes…)

  16. Montse dijo:

    Hola!! Yo trabajo en un colegio concertado, la gratuidad seria 100%?? En el colegio tienen pantallas digitales, servicio d psicopedagogía, ahora también iPad en las aulas…, el director nos dice q todos estos servicios q ofrece si debemos pagarlos?? Es eso cierto?? Gracias

  17. Alejandra dijo:

    Buenas tardes.
    Soy profesora, funcionaria en la Comunidad de Madrid. Me interesan dos colegios para mis hijos, uno concertado y otro privado.
    ¿Hay alguna ayuda para los trabajadores públicos en estos centros?.
    Muchas gracias. Un saludo

  18. Mario dijo:

    Hola yo trabajo en un colegio concertado en la comunidad de madrid y llevo 8años en este colegio y meti a mis dos hijas tenemos los trabajadores descuentos en libros,uniformes,excursiones ,en material excolar,gabinete pedagogico,seguro excolar a no paga el complemento formativo y otra cosa el centro esta obligado a darnos ayudas en trma de libros y libros digitales y si entran los libros digitales y tables en la ayuda de prestamos de libros de la comunidad de madris y las tablest gracias un saludo

    • La gratuidad para hijos de trabajadores del centro, se refiere a la enseñanza reglada y a las actividades organizadas directamente por la empresa. No incluyen el material escolar, uniforme, transporte, comedor, etc. Para estos conceptos, cada Comunidad ofrece ayudas que se pueden solicitar.

  19. Roberto Sanchez Sanchez dijo:

    Hola. En la escuela infantil privada en la que trabajo y llevo a mi hija de 2años, únicamente me cobran por el servicio de comedor, como bien lo indica el convenio de educadores infantiles en centros privados (Comunidad de Madrid). No pago mensualidad, pero en el convenio no indica nada de la matrícula y me la hacen pagar.
    ¿Debo seguir pagándola?
    Gracias.
    Un saludo.

  20. LAURA dijo:

    Hola, tengo una duda a ver si me podéis ayudar, trabajo en una escuela infantil privada pero concertada por la comunidad infantil, la secularización de mi hijo es gratuita sólo pago comedor, mi pregunta es quien paga la escolarización de mi hijo?

  21. Miguel dijo:

    Buenas , quisiera saber si tengo derecho a plazas de gratuidad de mis hijos de 5 y 7 años este curso en un centro privado concertado si empiezo a trabajar en otro centro privado concertado en septiembre a jornada completa

    • Para centros diferentes al de lugar de trabajo, se concederán plazas gratuitas siempre que los porcentajes reservados no se hayan cubiertos con hijos de trabajadores del propio centro. No obstante, el plazo de solicitud para un régimen de gratuidad ya finalizó y será la dirección la que pueda considerar su caso.

  22. RAUL GARCIA dijo:

    Buenas tardes:
    me gustaría consultar si nuestros hijos que están matriculados en un centro privado concertado en la Comunidad de Madrid, tendrían derecho a la enseñanza gratuita en el mismo, dándose el caso de mi mujer (su madre) es profesora en un colegio 100% privado pero (no concertado)
    Un saludo y gracias

    • La plaza de gratuidad se concede cuando padres e hijos estén en el mismo centro, sea privado o concertado. Los hijos de los trabajadores de otros centros concertados sólo tendrán derecho a esa gratuidad, si los porcentajes de alumnos becados no se han cubierto con los hijos de los trabajadores del propio centro. En los centros privados, padre e hijo deben estar en el mismo centro para acceder a plaza gratuita.

  23. Profe dijo:

    Buenas noches:
    Trabajo en un colegio concertado de la comunidad de Madrid. Mi hijo asiste al mismo colegio en primer ciclo de educación infantil el cual no es concertado y aunque me hacen descuento pago una cuota mensual así como los materiales. ¿Tendría derecho a gratuidad? Gracias

    • Para trabajadores con hijos en el primer Ciclo de Ed. Infantil está establecido un 15% de alumnos becados con una beca del 50% para la actividad de ese Ciclo, no para el material. La cantidad de esa beca total se distribuye entre el número de alumnos que tuvieran ese derecho. En su caso, podría consultarlo con la Dirección del centro.

  24. Profe dijo:

    Me hacen el 50 de la parte educativa pero me cobran el 100 % del comedor cuando a mis compañeros con hijos en otras etapas les hacen el 50% en el mismo. ¿Es legal hacer distinciones de precio entre los propios trabajadores cuando el precio del comedor está únicamente regulado por el propio colegio?

    • Actualidad Educativa dijo:

      El convenio solo regula el servicio de manutención y alojamiento para el personal de los centros, no para sus hijos. Para estos, es competencia del empresario establecer los criterios en la concesión de ayudas.

  25. Rocío dijo:

    Hola! Soy maestra en un colegio público de la Comunidad de Madrid y mis hijos acuden a un colegio concertado. Puedo solicitar la gratuidad?

    • En los centros concertados, los beneficiados de esta ayuda, son los trabajadores del mismo centro donde están sus hijos y también lo serán en otros centros afectados por el mismo convenio, siempre que no se hayan superado con los trabajadores del propio centro, los porcentajes de gratuidad asignados para este fin.

  26. Ana dijo:

    Hola.
    Soy maestra en un colegio concertado de la comunidad de Madrid y mi hijo entra el curso que viene en la escuela infantil.
    Quiero llevarle a la escuela infantil pública más cercana a mi casa y querría saber si puedo pedir esta beca de gratuidad también en este caso sabiendo que tienen preferencia los hijos de trabajadores de dicha escuela. Gracias

  27. Juan dijo:

    Tengo derecho a gratuidad de mi hijo en el comedor y transporte si yo como docente trabajo en esos dos Servicios

  28. Marta dijo:

    Hola.

    Si mis hijos van al colegio concertado en el que yo trabajo y a mí me echan, pierdo la gratuidad de su educación?
    Tengo algún derecho como maestra, aunque esté en el paro, para disfrutar de esta gratuidad o tengo que estar trabajando?

    Muchas gracia

    • Entendemos que si la solicitud de plaza escolar gratuita se realizó por el procedimiento establecido y fue concedida para ese curso, tendría derecho a ella. En años sucesivos solo podría solicitarla si estuviera contratada por el centro.

  29. Manuel dijo:

    Buenos Días
    De cara a la Declaración de la Renta ¿estas becas se declaran de alguna manera?
    Gracias de antemano

    • Sobre este tema lo aconsejable es consultarlo con personal técnico de Hacienda. La casuística es muy variada: si el padre es trabajador del mismo centro o no, por el tipo de ayuda recibida, beca, etc. En algunos casos se podría considerar retribución en especie. Cada caso es diferente.

  30. Maria dijo:

    Hola.
    Soy trabajadora de un centro concertado y tengo a mis hijos que van a pasar a E. Primaria. El año pasado fui a entregar la solicitud y la directora me dijo que el donativo no era obligatorio pagarlo, pero que con la aportación voluntaria pagaban a profesionales que no entraban en el concierto, así como calefacción y demás gastos y que además los profesores que llevaban allí a sus hijos no la solicitaban tampoco. En definitiva, que si quería que no lo pagara y no me selló la solicitud.
    Este año voy a tratar de entregarla de nuevo y me gustaría saber qué puedo argumentar si se niega de nuevo a aceptarla haciendo alegato a mi actitud poco contributiva, porque la verdad es que se pasa vergüenza y quiero dejar claro que es un derecho y que deben regirse por lo establecido en el VI convenio. Tampoco quisiera que con ello se les diera un trato discriminatorio a mis hijos.
    Muchas gracias.

    • Entendemos que, si Vd. cumple con los requisitos para ser beneficiaria de esta ayuda, debería entregar la solicitud en tiempo y forma reglamentados, aunque la Dirección le garantice, de palabra, que la gratuidad está asegurada. Ante la negativa para sellar la solicitud, sería conveniente contar con algún testigo de esa circunstancia.

  31. Elena dijo:

    Soy trabajadora en un centro concertado. La dirección del centro dice que con la beca no está cubierta la cuota voluntaria. Me lo podeis aclarar?

    • Entendemos que Vd. se refiere a la aportación voluntaria en niveles concertados. Al denominarse “voluntaria” significa que depende de la voluntad del donante, tanto si es trabajador del centro o no. La plaza de gratuidad se refiere solo a la enseñanza reglada y a actividades complementarias organizadas por la empresa.

  32. Maria dijo:

    El viernes entregamos el documento para la gratuidad de plazas para trabajadores de la concertada. Esta vez si me la sellaron con cierta molestia. El lunes me llamaron para que fuera a recoger la contestacion ( con lo que supe que me la habian denegado). Efectivamente asi fué pero me encontre con la Señora Directora del Centro a la que le expuse mi malestar. Ella aseguro que no sabia nada de eso y que no me llevara nada porque se informaria y ya me diria algo. Asi fue, hoy martes me ha llamado la gerente del centro para comunicarme que estaba nuevamente denegada. Que el donativo no se perdonaba con la beca y que podia negarme a pagarla sin necesitar dicha ayuda. Que eso solo se perdonaba en centros privados pero no concertados. Tras discutir unos minutos con ella, la comunique que reclamaria.
    Esta tarde me han dado este documento fotocopiado del original pq me he negado a firmarlo, ya que no estoy de acuerdo con lo que ahi se dice:

    “ En contestacion a su solicitud de plaza de gratuidad al amparo del art 81 del VI convenio le comunico que le ha sido concecida la misma en nuestro centro al estar incluido en el porcentaje que establece el citado articulo.
    Asimismo, y teniendo en consideracion que sus hijos estan escolarizados en un nivel concertado, de conformidad con el art 81.1 de dicho convenio, la gratuidad exclusivamente se podra referir a las actividades comolementarias organizadas por la empresa, por lo que le comunico para si conocimiento, que este centro no tiene intencion de organizar actividades complementarias dirante el
    Proximo curso 19/20.
    En consecuencia la concesion de la plaza de gratuidad no tendra ninguna consecuencia economica.”

    Por lo tanto, me la conceden para que no pueda reclamar pero no hacen alusion a la gratuidad de la enseñanza reglada. Solo citan las actividades complementarias que no van a realizar en todo el curso ( sera el unico colegio )
    Ademas de poner que esta beca no tiene consecuencia economica ( no se para que se hace una beca que no beca nada)

    Ante esto, me planteo no recoger el
    Original de dicho documento al estar incompleto ya que citan la parte que les interesa del art 81.1 y ponerme en contacto con la comision paritaria mediante un escrito adjuntando dicho documento.

    Usted conoce algun procedimiento mas que pueda hacer?

  33. José Ildefonso dijo:

    Buenas tardes, soy profesor de ESO en la escuela concertada, tengo más de la mitad de la jornada y quiero meter a mi hijo de 0 años en primer ciclo de infantil en una escuela infantil conveniada con la Junta de Andalucía que no pertenece a mi centro.

    La directora del centro nos dice que ningún alumno del centro ha pedido la ayuda pero que hay 3 hijas de profesoras del centro con la ayuda. ¿Se reparte entre todos el 50% de la beca o me corresponde a mí completa porque las profesoras de infantil se rigen por otro convenio? Además el centro no ha hecho pública en plazo la concesión o no de las ayudas.

    Hemos planteado reclamación a la comisión pero dicen que no nos conceden la beca porque el centro no es concertado, cosa que no entendemos porque en Andalucía no hay centros de 1er. ciclo de Ed. infantil concertados, sino centros conveniados. Nuestro centro es conveniado. No entendemos el motivo del rechazo cuando no se publicó en plazo la resolución y tuvimos que reclamar en el último momento.

    • No disponemos de la información suficiente sobre las circunstancias de los centros a los que Vd. hace referencia. No obstante, para la aplicación del régimen de gratuidad es imprescindible que la empresa educativa a la que se solicita, se rija por el convenio de enseñanza privada sostenida con fondos públicos.

  34. Diana dijo:

    Muy buenas, trabajo en un concertado de Madrid, tengo tres hijos en el centro. Nos cobran una aportación voluntaria que yo me he negado a pagar ya que es voluntaria, y a todos los hijos de profesores se les hace un 50% en descuentos de comedor y de la parte privada de dos años. Me han dicho que como no pague la cuota voluntaria no me hacen el 50%. Se que pueden hacerlo, pero no sería discriminación con el resto de mis compañeros?

    • Como Vd. dice, tanto la aportación como la reducción de cuota en comedor y escuela infantil son voluntarias. Cada parte toma la decisión que más le conveniente. Este asunto no está regulado laboralmente y es potestad de cada centro adaptarlo a sus circunstancias.

  35. Vanesa dijo:

    Hola ! Soy educadora infantil y al meter a mi hijo en la escuela me quieren cobrar matrícula y comedor . Respecto al comedor si se que tengo que pagar, pero tengo que pagar matrícula? Gracias

    • Si se le aplica el Convenio colectivo de centros de asistencia y educación infantil,la estancia y enseñanza es gratuita si se respetan los porcentajes aprobados de alumnos beneficiados. En su caso, si se cobra una cantidad en concepto de matrícula, sólo debería incluir un importe destinado a material o actividades especiales que generen un gasto extra.

  36. Pablo dijo:

    La beca se extiende a colegios privados si el docente no trabaja en el mismo centro? O solo a concertados? Sería para enseñanza primaria. Aplican porcentajes o directamente no tienen opción a este tipo de becas?
    Gracias.

    • Esas plazas de gratuidad afectan a todas las empresas educativas que se rigen por el convenio de centros con algún nivel concertado. En Educación Primaria se concede un 3% de plazas gratuitas. Los hijos de los trabajadores tendrán derecho a plaza gratuita en el propio centro de trabajo, aunque se supere ese porcentaje. Los hijos de trabajadores de otros centros, tendrán derecho si ese 3% no ha sido cubierto por hijos del propio centro.

  37. Eva dijo:

    Hola buenas!!!
    Trabajo en un centro de educación infantil concertado no integrado.
    Mi hija de 5 años va a un colegio concertado y se rigen por el convenio privado según ellos. Es decir, tenemos diferentes convenios.
    Solicité la plaza de gratuidad y me mandó un mensaje la directora diciéndome que contara con ello para este curso. No tengo nada más que eso ni un escrito formal ni nada.
    Ahora al inicio del curso me dice que tengo que pagar la cuota porque como no nos regimos por el mismo convenio no me pueden aplicar la plaza. cierto?y si me la denegaron no tendrían que habérmelo notificado formalmente?
    Muchas gracias!!!

    • Si se rigen por convenios diferentes, no existe reglamentación vinculante entre los centros sobre plazas de gratuidad. Desconocemos los motivos por los que le notificaron la aceptación de la solicitud y más tarde la rechazaron.

  38. Miguel dijo:

    Soy profesor de una privada/concertada, hasta ahora realizaba una aportación voluntaria a la fundación, pagaba la mitad del comedor, salidas, material, etc.

    Desde el confinamiento y para evitar que los padres no paguen la aportación voluntaria, le han cambiado el concepto, y ahora no es aportación voluntaria, ahora se llama servicios complementarios y nos hacen pagar también a los profesores, eso es legal?.

    Muchas gracias.

    • Con los datos que Vd. aporta, no disponemos de información suficiente. No obstante, le diremos que la enseñanza gratuita comprende la enseñanza reglada y las actividades complementarias organizadas por la empresa. Quedan excluidos los servicios como el comedor, transporte, material, etc . Sobre estos conceptos se puede llegar a acuerdos de mejora dentro del propio centro. La aportación de los padres debe contar con la propuesta del Consejo Escolar y la autorización de la Inspección educativa.

  39. Maria dijo:

    Hola,
    Soy profesora de un colegio privado de 1 año hasta bachillerato. Una compañera me explicó que además de estar becado nuestros hijos (es decir no pagar la cuota mensual de escolarización) el comedor nos dependen de solo cobrar a medio precio (es decir si los niños pagan 110€ al meses los hijos de profesores deben de pagar 55€). Leyendo el convenio no me ha dejado muy claro si es cierto o no.
    Muchas gracias por todo

  40. Miriam dijo:

    Hola,
    Soy administrativa en un colegio concertado. Mi hijo el año que viene cursará bachillerato.
    En su colegio infantil, primaria y Eso es concertado y bachillerato es privado. ¿Tendría opción ha la beca de gratuidad? Al ser privado y yo no trabajar en el mismo centro.
    Gracias

    • Por ser diferentes el centro de trabajo y el solicitado, únicamente tendría derecho a la enseñanza gratuita si los porcentajes destinados para este fin no estuvieran cubiertos por los hijos de trabajadores del centro solicitado.

  41. Marta dijo:

    Hola:
    Mi marido es docente a jornada completa en un colegio concertado y tenemos un hijo que cursa 2º de Educación Infantil (4 años) en otro colegio concertado. Hemos preguntado a la Dirección del centro al que acude nuestro hijo por la plaza de gratuidad, y nos han contestado lo siguiente “Las becas de gratuidad para hijos de trabajadores en los colegios concertados solo se aplican si éstos tienen actividades complementarias, y nosotros no tenemos este tipo de actividades”. Sin embargo, según indica el convenio, la gratuidad aplicaría a la enseñanza reglada y actividades complementarias. Quisiera saber a qué corresponde habitualmente la enseñanza reglada, y a que se referiría las actividades complementarias. Dentro de la factura que nos gira cada mes se incluyen conceptos (y sus importes asociados) como aportación voluntaria a la fundación (90€aprox), seguro escolar, servicio médico, gabinete de psicopedagogía, etc. Muchas gracias de antemano y enhorabuena por la cuenta.
    Un saludo.

    • La enseñanza reglada hace referencia al currículo establecido en la legislación nacional y autonómica para cada nivel educativo. Las actividades complementarias las programa el centro, son voluntarias, gratuitas, en horario lectivo, como complemento a la actividad escolar y la Administración educativa debe autorizar cualquier cobro por este concepto. Está regulado en el RD 1694/95, 20/10. Por lo general, en los niveles concertados no existe un beneficio económico para los hijos de los trabajadores. La “aportación voluntaria” es eso: “voluntaria”.

  42. Silvia dijo:

    Trabajo de monitor a de comedor, 3 hs diarias en un colegio concertado, de la comunidad de Madrid, donde también van mis 2 hijos.Estoy contratada solo los meses de escolaridad. Durante los meses de julio y septiembre he trabajado jornada completa.
    Tengo derecho a pedir la gratuidad educativa?

    • Para tener derecho a enseñanza gratuita de hijos de trabajadores del centro, éstos tienen que estar afectados por el convenio del sector y tener un contrato con dedicación, al menos, igual a la mitad de la jornada anual dentro de su categoría profesional.

  43. Jose Garcia dijo:

    Hola yo trabajo en un colegio concertado en la comunidad de madrid y llevo 7 años en este colegio y tengo a mis dos niños.
    Me gustaría saber si es obligatorio pagar:
    – el gabinete pedagógico
    – el seguro escolar
    – una cuota por nativo que se realiza dentro del horario escolar
    – reserva de plaza para el año siguiente ( esto último es en 2 años por lo aunque está en el centro es parte privada.

    Muchas gracias y un saludo

    • La gratuidad se refiere a la enseñanza reglada y a las actividades complementarias organizadas directamente por el centro. Las circunstancias a las que Vd. hace referencia no se incluyen en ese concepto. Desconocemos el criterio en el que se base el centro para la cuota de nativo y si esa materia se incluye en el currículo en la enseñanza reglada.

  44. Maite dijo:

    Buenas tardes, me han aceptado la plaza gratuita para mi hija para hijo de profesor de centro concertado, ella está en infantil 2°ciclo, el aula matinal hay que pagarla??? O se considera servicio complementario??? Xq realmente las cuotas del colegio (aunq para mí sean gratuitas x solicitar esto) realmente tampoco es legal cobrarlas no? Realmente el colegio al ser concertado es gratuito no? Es q no entiendo, podrían explicármelo? Gracias

    • La enseñanza gratuita se refiere a la enseñanza reglada y a las actividades complementarias organizadas por la empresa. El aula matinal sería un servicio que el centro ofrece para aquellos que deseen utilizarlo, como el comedor, transporte, etc. Todas las cuotas que se cobran a los alumnos, incluida la llamada “aportación voluntaria”, están propuestas por el Consejo Escolar y aprobadas por la Inspección técnica de la Comunidad Autónoma para una finalidad concreta.

  45. Ana dijo:

    Buenas noches.
    Soy profe de un colegio concertado y quiero matricular a mi hija el próximo curso en primer ciclo de infantil (aula de dos años).
    He leído en comentarios previos que si la peque no está escolarizada en el momento de echar la beca, nos la denegarían.
    Nuestra idea es que empezase el curso en septiembre por lo que en el momento de echar la beca no estaría escolarizada (mayo).
    ¿Es eso cierto?
    También barajo dos opciones de colegio…. Uno concertado como el que yo trabajo (e imagino que con mi mismo convenio) y una guardería respetuosa.
    ¿Si la guardería no se rige por el mismo convenio entiendo que no nos darían beca?

    • El derecho a tener beca en el primer ciclo de Ed. Infantil, se genera por la condición de trabajador en el sector de cualquiera de los padres, no por la fecha de inscripción del alumno. Por otra parte, en ese ciclo de Ed. Infantil, sólo un 15% de alumnos podrán ser becados si son hijos de trabajadores del centro con una cuantía del 50% correspondiente a la actividad lectiva. Si el hijo está matriculado en un centro diferente al del padre trabajador, pero se rigen por el mismo convenio, sólo se obtiene beca si el cupo destinado a becas no se cubre con los hijos del propio centro. En el caso de centros con convenios diferentes, no existe acuerdo de alumnos becados.

  46. Miriam dijo:

    Hola , no encuentro el documento para el curso 23/24 , ¿Podría rellenar el documento del curso pasado cambiando fechas?. ¿Cuál es la forma de proceder de esta beca?, es el colegio el que da la beca o es la comunidad ? ¿Te hacen un ingreso para que tu lo pagues o lo pagan al centro directamente?. Gracias

    • Desconocemos a qué Comunidad pertenece, ya que los plazos son diferentes en cada una de ellas. En general, el acuerdo se suele firmar en el mes de mayo y son los centros y los comités de empresa los que facilitan los impresos para su presentación. Si el solicitante cumple los requisitos, el centro ya aplica el contenido de plaza de gratuidad

  47. Mari dijo:

    Hola. Trabajo en un colegio concertado de la comunidad de Madrid. Mi hija de 9 meses está en una escuela infantil privada de la comunidad. ¿Tengo derecho a la gratuidad de plaza?
    Gracias

    • Las plazas de gratuidad se conceden solo para los centros regulados por el convenio de concertada y tienen preferencia los trabajadores del propio centro. Para el primer ciclo de Ed. Infantil se establece un máximo del 15% de alumnos becados.

  48. Mayca Mimbrero dijo:

    Buenos días.
    Soy profesora de Centro concertado. Tiene mi hijo derecho a solicitar gratuidad en bachillerato en un centro que tiene concertado desde infantil hasta la ESO pero el Bachillerato es privado? Gracias.

    • Los trabajadores de los centros concertados tienen derecho a plaza de gratuidad para sus hijos en la enseñanza reglada, en todos los niveles educativos que se impartan en el centro, estén o no concertados esos niveles. Todo esto, se refiere al mismo centro de trabajo de los padres. Si la solicitud de gratuidad es para otro centro concertado, solo tendrá derecho a la enseñanza gratuita si no se ha superado el porcentaje reservado para los hijos de trabajadores del propio centro.

  49. Iván dijo:

    Buenos días:
    Mi hijo va a cursar el curso que viene bachillerato y al ser hijo de profesor en el mismo centro , no pagará la enseñanza reglada (por convenio) . El Colegio me dice que pida la beca de la Comunidad de Madrid y que se la quedan ellos. Necesito saber el porqué. Muchas gracias.

    • En el mismo artículo del convenio en el que se regula la enseñanza gratuita (art. 86), en el apartado 5º da la justificación y contesta a su consulta: Esos ingresos permitirán atender a un número superior de beneficiarios

  50. Bea dijo:

    Buenas tardes.
    Trabajo en un centro Concertado de la comunidad de Madrid
    Las plazas de gratuidad en y tengo hijos en el colegio. Me surge una duda… Las plazas gratuidad, ¿ no eximen de pagar la cuota voluntaria? Es decir, ¿puede el colegio cobrar una parte de esa cuota?
    O está cubierto la tener concedida la plaza de gratuidad…
    Muchas gracias

    • Entendemos que Vd. se refiere a la aportación voluntaria en niveles concertados. Al denominarse “voluntaria”, significa que depende de la voluntad del donante, tanto si es trabajador del centro o no. La plaza de gratuidad se refiere solo a la enseñanza reglada y a las actividades complementarias organizadas por la empresa.

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