HACIA LA SÉPTIMA LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN

                La reforma del ministro Wert será la séptima ley orgánica educativa de la democracia tras el Estatuto de Centros Escolares (1980), la LODE (1985), la LOGSE (1990), la LOPEG, la LOCE (2002 y la LOE (2006), actualmente en vigor, que derogó todas las anteriores, excepto la LODE de la que quedo algo.

La futura Ley Orgánica de Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE), como ya avanzamos en este blog el pasado 12 de junio, pretende que:

  • Los contenidos comunes necesarios para la adquisición de las competencias básicas requerirán el 65 % (ahora 55 %) de los horarios escolares en comunidades con lengua cooficial y el 75 % (ahora 65 %) para aquellas que no la tengan.
  • La nueva Educación Cívica y Constitucional, sustituirá a la Educación para la Ciudadanía, sin los contenidos más polémicos.
  • Se mejore el abandono escolar temprano, rediciendo su 26, 5 % actual, el doble de la media europea.
  • Se adelante la elección de los alumnos hacia la FP, creando un nuevo ciclo de FP dentro de la enseñanza obligatoria (la FP básica) que dará acceso a un título propio.
  • Se establecerán evaluaciones externas al final de las etapas de ESO y Bachillerato (no al final de Primaria).

Las líneas generales de la reforma educativa que el Ministro de Educación presentó en el mes de junio, están presentes en el borrador del Anteproyecto de Ley, con varias MATIZACIONES:

  • Polivalencia funcional.- El Gobierno establecerá las condiciones con la que durante los cinco años siguientes a la entrada en vigor de la ley, por unidades de servicio, puedan asignar el desempeño de funciones en una etapa al personal funcionario. También podrá la Administración trasladar a los funcionarios a centro distinto del de su destino.
  • La FP básica.– Al nuevo ciclo de FP básica, que sustituirá a los actuales Programas de Cualificación Profesional Inicial (PCPI), se accederá a los 15 años, con 3º de ESO superado, si los profesores consideran que el alumno no va bien – es decir, si no alcanza los resultados que le permitan pasar a 4º ó haber cursado 2º habiendo repetido alguna vez – y si las familias lo aceptan.
  • La evaluación externa en Primaria, no será una reválida.
  • La reválida al final de la ESO, a los 16 años, deberá superarse para conseguir el título y seguir estudiando. A este examen podrán presentarse los alumnos que hayan suspendido hasta dos asignaturas de 4º curso.
  • La reválida al final del Bachillerato.- Aprobarla será la condición para obtener el título de bachillerato y poder acceder a la Universidad. Por su parte las Universidades podrán hacer pruebas de acceso para cada carrera, si lo desean; en este caso, sólo contará el 40 % de la nota final de admisión, ya que el otro 60 % será la nota obtenida en el bachillerato.
  • Los itinerarios hacia el Bachillerato o la FP.– Se adelantan a 3º de la ESO con sólo una asignatura de modalidad y con Matemáticas enfocadas hacia una u otra vía.

En 4º de ESO habrá cuatro asignaturas comunes: Educación Física, Lengua (y Lengua cooficial si la hubiere), Lengua Extranjera y Matemáticas (los dos tipos) Habrá, además dos asignaturas de modalidad y una asignatura optativa. Las asignaturas de modalidad de la vía académica serán: Física y Química y Biología y Geología y las de la vía Formación Profesional: Ciencias Aplicadas a la Actividad Profesional y Tecnología de la Información y la Comunicación.

  • La educación diferenciada.- El apartado 3 del artículo 84 de la LOE, se modificaría en los siguientes términos: “En ningún caso habrá discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo… Lo dispuesto en el párrafo anterior no será obstáculo para que los centros de educación diferenciada por sexos puedan suscribir los conciertos… Siempre que la enseñanza que impartan sea conforme a la Convención de la Unesco de 1960 sobre discriminación educativa.

Francisco Vírseda García

 

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