La Comisión Permanente del Consejo Escolar del Estado, es un órgano consultivo, no decisorio, en el que está representada toda la comunidad educativa. Su recomendación se ha aprobado por unanimidad y se resume en estos términos:
- En la Educación Infantil y Primaria (de cero a 12 años), “el alumnado no necesita llevar móviles al centro educativo, exceptuando aquellos supuestos en los que se le autorice por razones individuales muy específicas relacionadas con la salud o con otras circunstancias personales o familiares debidamente justificadas“.
- En la ESO (12-16 años), “en caso de llevar el móvil, debería mantenerse apagado desde la entrada al centro educativo hasta la salida del mismo, incluyendo los periodos lectivos, recreos y otros tiempos de descanso, actividades complementarias y actividades extraescolares desarrolladas en el marco del centro educativo, salvo cuando los teléfonos móviles se utilicen con fines educativos supervisados o cuando la utilización individual de los mismos sea necesaria por razones de salud debidamente justificadas“.
- En enseñanzas postobligatorias, “las direcciones de los mismos pueden regular el uso del móvil en función de sus circunstancias específicas“.
En algunas Comunidades ya existe y se aplica una normativa que recoge esta recomendación del Consejo Escolar del Estado. Son Castilla-La Mancha, Castilla y León, Galicia, la Comunidad de Madrid, Andalucía, Murcia y Aragón. En todas ellas se dejaba la decisión última y la concreción del uso a los centros educativos que son los que mejor conocen las circunstancias y características de los alumnos. Con esta recomendación del CEE, ya cuentan con un soporte jurídico para imponer un marco de actuación que armonice todos los derechos.