Nosotros

Actualidad educativa es un servicio a los profesionales de la enseñanza. Incluye información, publicaciones, legislación, al tiempo que emite un juicio crítico, libre e independiente.

Es una página de análisis de la actualidad política y social de nuestro entorno y su incidencia en el ámbito de la educación.

Es un seguimiento de la legislación y publicaciones sobre la enseñanza y sus profesionales.

Todo ello desde una perspectiva informativa y crítica dirigida por personas que hemos dedicado la mayor parte de nuestra vida a la tarea docente en el aula y a la defensa de la libertad de enseñanza, la dignificación de los profesionales y a promover una educación de calidad.

Actualidad educativa es un foro abierto a la tertulia profesional donde todos están invitados para crecer en una educación que nos garantice un futuro mejor.

Francisco Vírseda García

Joaquín Moreno Cejuela

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23 respuestas a Nosotros

  1. JOSE ANTONIO TEJADA MOLERO dijo:

    muchísimas gracias por todo, es muy interesante y valioso vuestro trabajo.

  2. Isi Suárez Regalado dijo:

    Muy interesante, aunque alejado de la realidad que se vive en los centros.

  3. maria dijo:

    Hola me gustaria que nos diesen claves a la hora de seleccionar centro.
    En mi caso, y creo que en el de mayoria de la gente, no elegimos como primera opcion el centro que realmente queremos para nuestros hijos sino el que mas posibilidades tenemos de ser aceptados… me gustaria que me aclararan el mito que se oye por ahi de que las segundas opciones no sirven para nada….
    En mi caso, los tres coles con buena reputacion academica que tengo cerca de casa son practicamente inadmisibles sino eres antiguo alumno del centro o ya tienes hermanitos en el cole….
    ¿es eso justo? ahora si eres de fuera de madrid y no eres antiguo alumno de ningun colegio te quedas con los restos…

    • Según datos que ha dado la Consejería de Educación de Madrid, cerca del 90% de nuevos alumnos han conseguido plaza en el centro solicitado en primera opción. Hay centros que tienen más demanda de plazas que ofertas y se impone establecer unos criterios de admisión. Siempre es discutible si esos criterios son los más adecuados y justos…Sobre eso, como en casi todo, hay opiniones y es difícil llegar a un consenso.

  4. maria dijo:

    Hola otra vez… tambien me gustaria que me aclararan si con la apertura de zona unica en madrid, si no te dan ningun colegio de los que has puesto en la solicitud, te asignan ellos un colegio con plazas libres…. pero donde? Dentro de toda la provincia….? O en tu distrito….?

    Muchisimas gracias

    • En todos los distritos hay una “Comisión de Escolarización” que entre sus fines está el de asignar centro a los alumnos que no han conseguido plaza en el centro solicitado. Se suele elegir un centro cercano al solicitado y tras hacer una consulta a los padres.

      • Maria dijo:

        Hola, soy de Madrid y he puesto como primera opcion un centro, en el que creo que tengo pocas posibilidades, pero que en realidad es mi deseado. Como segunda opcion he puesto un centro en el que me acaban de confirmar que se van a quedar plazas libres ya que han recibido menos solicitudes que plazas tienen. Puedo interceder de algun modo para conseguir una de esas plazas, como puedo mostrar mi interes hacia ese colegio para conseguir una de esas plazas que quedan? (Esto siempre en el caso que no consiga plaza en el que puse como primera opcion, que no creo).
        Muchas gracias!!

        • Joaquín dijo:

          En caso de no conseguir plaza en el primer centro, derivarán su solicitud al elegido en segundo lugar. Su interés por él ya lo ha manifestado en la inscripción y lo normal es que se la concedan, si hay plazas vacantes y su puntuación es la adecuada. Siempre queda el recurso ante la Comisión de Escolarización si no fuera así.

          • maria dijo:

            Hola, finalmente soy la octava en la lista de los que se han quedado fuera en las listas provisionales del centro. Nos han dicho que han pedido una ampliacion de cupo de 9 plazas con lo que estariamos dentro. Que plazo tiene la comunidad de madrid para conceder esas plazas? En las listas definitivas saldrian ya esas plazas o tardan en resolver este tipo de cosas?
            Muchas gracias por sus siempre acertadas respuestas!

  5. Laura dijo:

    Buenos dias,

    Mi hija esta en la guarderia privada de un cole concertado… se podria interpretar de algun modo el reglamento para que le asignen el pto y medio de antiguo alumno? en el colegio me dicen que no hay manera y la unica opcion que me dan es buscarme una segunda opcion por si acaso no entrara e intartarlo al curso siguiente en el que la niña ya podria ser considerada antigua alumna…. pero claro ya no se ofertan plazas….

    • La normativa habla de “padres o hermanos” antiguos alumnos, no del propio solicitante. Es posible que el centro tenga en cuenta a los alumnos que actualmente están en su “guardería” para asignarles el punto que tiene de libre disposición. Ese punto sí se lo podrían dar si se contempla entre los criterios que establece el centro.

  6. augusto dijo:

    Buenos días
    Recientemente me acaban de hacer una oferta para trabajar en un colegio concertado bilingue en Madrid. Me han dicho que el salario anual bruto es 27.245 euros. Al ser especialista de música, daría todas mis horas lectivas en inglés. Mi pregunta es: se puede cobrar el complemento de bilinguismo, estando habilitado, en la concertada? y a cuanto asciende si doy todas las horas en inglés?
    Gracias

  7. VERENA dijo:

    Buenos días.
    Resulta q solicité una excedencia el mes de septiembre por cuidado de hijo menor. Llevo incorporada en mi centro desde el 30 de septiembre pero la comunidad no me ha pagado y en mi centro me dicen que dependen de ellos porque me dan de baja con excedencia y luego tardan. Y no sé si eso es cierto. En mi centro me dicen que lo arreglará su gestoría pero yo querría saber si yo por mi cuenta puedo hacer algo.
    Muchas gracias

    • Al inicio de cada curso, viene siendo habitual un leve retraso en la normalización del cobro de nóminas debido a las numerosas altas y bajas que se dan en los centros. La relación con la Administración es competencia de los centros a través de la gestoría. Vd. sólo podría urgir al centro para que ésta agilice el proceso.

  8. LOLA dijo:

    Buenos dias,
    Somos un centro de formación privada y nos regimos por el CC de Enseñanza Reglada sin ningún nivel concertado o subvencionado (nº CC 99001925011986).
    Nuestra consulta es la siguiente sobre el cálculo del porcentaje de jornada a tiempo parcial.
    Partiendo de que la jornada anual del curso son 1.069 horas para la jornada completa, cuando el convenio en su artículo 61:”Los trabajadores contratados para la realización de una jornada inferior a la pactada en este Convenio percibirán su retribución en proporción al número total de horas contratadas”, se refiere con ello al hablar de horas totales contratadas a que a los tiempos parciales hay que efectuarle el cómputo anual, sin que quepa la opción de calcularle un cómputo semanal?

    Es decir, a un profesor de 20 horas/semana , por ejemplo, correspondería:
    Opción a) 27h /s es un 100% por lo que 20 h/s es un 74.07%.
    Opción b) Contamos todas las horas lectivas efectivas día a día (es decir quitando descansos y festivos…) desde principio de curso hasta su finalización y con ese total, pues hallamos la correspondiente regla de tres:si 1.069 h/curso anual es un 100 % pues total calculado/curso anual sería un porcentaje….
    Y luego, en ambos casos le hallaríamos el porcentaje al sueldo anual que para su categoría de profesor. Dependiendo de que opción se escoja, los resultados son distintos, ya que en el segundo caso entiendo que se tiene en cuenta el nº de semanas reales que tiene cada mes, y por tanto de horas lectivas reales,y además en el caso de trabajadores que los lunes hacen distintas horas que los Martes…dependerá si el día es lectivo o no para resultar un nº distinto también de horas finales totales.

    ¿Cuál de las dos opciones seria la correcta?

    Gracias por vuestra atención, les agradeceríamos nos aclarasen estas dudas.

    Nota:Podría indicarnos como podemos acceder al contenido completo de los comentarios, pues antes podíamos y actualmente sólo nos permite acceder a estos quince últimos que figuran en la pantalla”nosotros”.

    Saludos.

    • Actualidad Educativa dijo:

      Los contratos se realizan tomando como referencia la jornada máxima semanal de 27h lectivas, tanto para retribuciones como para jornada y se distribuyen proporcionalmente a las horas lectivas semanales contratadas. Si la jornada lectiva máxima anual es de 1.089h , con un contrato de 20h lectivas/semana le corresponderían 807h lectivas/año y en complementarias 175h/año (el máximo de complementarias anual es de 237h). Esta jornada anual se distribuye sin que sea regular en todas las semanas ya que a lo largo del curso hay vacaciones, días no lectivos, fiestas colegiales, etc. Lo correcto es que se respete la jornada anual (lectivas + complementarias) correspondiente a las horas lectivas contratadas. En el caso de 20h/lectivas, le correspondería una jornada anual total de 982h.
      Los comentarios se encuentran en cada una de las entradas del blog. En este caso, los encontrará en la columna de la derecha “Convenios de enseñanza” seleccionando la entrada “Horas lectivas y no lectivas en privada concertada”.

  9. Laura dijo:

    Buenas tardes y mi felicitación por su dedicación y buena disposición para con los trabajadores de la educación.
    Mi pregunta es la siguiente: mi marido es profesor funcionario en educación pública y vamos a ser padres el mes que viene. Su permiso de paternidad, según un último acuerdo firmado ya por el Gobierno, debería ser de 8 semanas, pero nos surge la duda de si es así, o están supeditadas a la aprobación de los presupuestos como para el resto de padres no funcionarios. Muchas gracias por su atención.

    • Esa normativa entraría en vigor cuando se publique en el BOE. De momento, la ampliación del permiso de paternidad está incluida en el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2019. Afectaría a todos los trabajadores.

  10. Carmen dijo:

    Muchas gracias por sus aclaraciones. Quería saber si hay un descanso mínimo entre la última clase de la mañana y la primera de la tarde en los centros concertados. Es decir ¿puedo acabar mi clase a las 13:50 y empezar la siguiente a las 15:00horas?

    Gracias

    • En este convenio no se especifica nada sobre el tema que Vd. presenta. Esto quiere decir que se deja a la organización del propio centro. El Estatuto de los Trabajadores señala que siempre que la duración de la jornada diaria continuada exceda de seis horas, deberá establecerse un periodo de descanso durante la misma, de duración no inferior a quince minutos.

  11. Aurora dijo:

    Muy buenas tardes, soy profesora de secundaria en un concertado de Madrid y en este centro nos obligan a trabajar todo el mes de julio ; y si no quieres, tienes que darles una parte del sueldo de julio.¿ Es esto legal? He trabajado en 18 centros y nunca me había pasado esto. Gracias.

    • Lo reglamentado es que se podrá utilizar un máximo de 40 horas para actividades no lectivas en los ocho primeros días del mes de Julio. Si se organizan cursos de verano con los alumnos, existe una regulación específica para esta actividad. Desconocemos la motivación y justificación que hace su centro para aplicar lo que Vd. expone en su consulta.

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